En el proceso Contencioso Administrativo planteada por Doris Menacho Cabrera en contra del Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), se emitió la Sentencia Agroambiental Nacional S1a N° 43/2016 de 15 de junio de 2016, declarando improbada la misma y ante la interposición de Acción de Amparo Constitucional contra la citada Sentencia, el Juez constituído en Tribunal de Garantías, otorgó tutela, mediante Resolución de 14 de noviembre de 2016, dejando sin efecto la misma; sin embargo en revisión, mediante Sentencia Constitucional Plurinacional N° 198/2017-S2 de 13 de marzo de 2017, se revoca la resolución citada de 14 de noviembre de 2016, denegándose la tutela solicitada, debiendo resolverse en consecuencia.
"...que se emitió la Sentencia Agroambiental Nacional S1a N° 43/2016 de 15 de junio de 2016 cursante de fs. 117 a 126 de obrados, mediante la cual se declara Improbada la demanda (...) ante la interposición de Acción de Amparo Constitucional contra la citada Sentencia, el Juez Público Mixto de Cotoca, constituido en Tribunal de Garantías Constitucionales, mediante resolución de 14 de noviembre de 2016 otorga la tutela dejando sin efecto la Sentencia Agroambiental Nacional S1a N° 43/2016 de 15 de junio de 2016 (...)la Unidad de Desarrollo Normativo y Gestión Judicial del Tribunal Agroambiental, remite en fotocopia legalizada la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 198/2017-S2 de 13 de marzo de 2017 cursante de fs. 214 a 233 de obrados, mediante la cual se REVOCA en todo la Resolución de 03 de 14 de noviembre de 2016..."
El Tribunal Agroambiental, sin ingresar a mayores consideraciones de orden legal, en cumplimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0198/2017-S2 de 13 de marzo de 2017 y en el marco del art. 203 de la Constitución Política del Estado, resuleve mantener con todos sus efectos legales la Sentencia Agroambiental Nacional S1a N° 43/2016 de 15 de junio de 2016 que fue dejada sin efecto por la tutela inicialmente concedida por el Tribunal de Garantías que posteriormente en revisión fue denegada por el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Cuando como consecuencia de una Sentencia Constitucional Plurinacional emitida en revisión, se revoca una resolución de un Juez en condición de Tribunal de Garantías, denegándose la tutela por éste concedida, se debe mantener la resolución dejada sin efecto.
PARA EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA CONSTITUCIONAL
Cuando como consecuencia de una Sentencia Constitucional Plurinacional emitida en revisión, se revoca una resolución de un Juez en condición de Tribunal de Garantías, denegándose la tutela por éste concedida, se debe mantener la resolución dejada sin efecto.