Preclusión / convalidación / trascendencia

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

PRECLUSIÓN / CONVALIDACIÓN / TRASCEDENCIA

La demanda de nulidad de título ejecutorial no substituye la negligencia de las partes, que no obstante de la publicidad, no asumieron defensa en cada una de las etapas para el saneamiento, dentro de los plazos previstos por ley (SAN S2 53-2015).

SAN-S2-0031-2013; SAN-S2-0043-2013; SAN-S2-0055-2014; SAN-S1-0033-2015; SAN-S2-0053-2015; SAN-S1-0010-2016; SAN-S2-0046-2016; SAN-S2-0049-2016; SAN-S1-0103-2016; SAN-S1-0010-2017; SAP-S1-0007-2018; SAP-S2-0025-2021; SAP-S1-0024-2021; SAP-S2-0059-2021; SAP-S2-0059-2021; SAP-S2-0015-2022; SAP-S1-0025-2022; SAP-S1-0041-2022; SAP-S2-0060-2022; SAP-S2-0063-2022; SAP-S1-0068-2022;
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PRECEDENTE 2

Convalidación y preclusión

La demanda de Nulidad de Título Ejecutorial debe enmarcarse dentro de la doctrina que clasifica el error, en "error de hecho" y "error de derecho", en ese sentido en función a los principios de convalidación y preclusión de un acto administrativo, no podría declararse de manera posterior la nulidad del proceso agrario del cual emergió el mismo en cumplimiento del art. 36-2 de la Ley N° 1715.

SAP-S2-0004-2021;
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PRECEDENTE 3

PRECLUSIÓN / CONVALIDACIÓN / TRASCENDENCIA

La demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, no se encuentra estatuida para suplir la inercia de las partes, máxime si en los momentos que fija la norma, no se activaron los mecanismos de defensa que franquea el ordenamiento jurídico, no pudiendo ser usado en otro momento posterior, operándose el principio de convalidación. (SAP-S1-0037-2023)

SAP-S1-0037-2023; SAP-S1-0061-2023;
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