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INFRACCIÓN A LA LEY Y A LA CONSTITUCIÓN / INTERPRETACIÓN ERRÓNEA

Hay errónea interpretación del art. 568 del Código Civil, cuando  amparándose en esa normativa se demanda el cumplimiento de la obligación del vendedor y no así la resolución del contrato por incumplimiento como se entiende en sentencia; lo que amerita la casación de la resolución recurrida por la errónea interpretación de norma acusada.


ANA-S2-0018-2016

“(…)la demanda planteada por el recurrente se fundó en el cumplimiento del contrato de venta de un terreno rústico denominada Tambo Ckasa, el cual se realizó por el precio inicial de $us.- 15,000 conforme al documento debidamente reconocido de fs. 2 de obrados y la rectificación del mismo en el cual se modifica la suma total a $us.- 18.000, suma que fue cancelada en su totalidad conforme a la cláusula segunda del contrato de fs. 4 vta de obrados y el depósito judicial de fs. 13 los cuales tienen el valor asignado por el art. 1287 del Cód. Civ. aspecto que fue probado por la parte actora y también reconocida por el juez de instancia al señalar en sentencia "... ha probado que canceló entre los dos documentos quince mil Dólares Americanos y realizó un Depósito Judicial por la suma de tres mil Dólares Americanos haciendo un monto total de dieciocho mil Dólares Americanos ", en consecuencia carece de fundamento el haber señalado: "... de lo que se desprende que el demandado no está haciendo efectiva la prestación solicitada (contrato de venta definitiva y entrega de título ejecutorial) consiguientemente el art. 568 del Código Civil, se tiene el incumplimiento voluntario del contrato por parte del demandado, queda resuelto...", sin tomar en cuenta que el demandante al amparo del art. 568 fundó su pretensión en el hecho que ante el cumplimiento en el pago del precio total de la transferencia (reconocido por el juez en sentencia ), solicito el cumplimiento de la obligación de su vendedor y no así la resolución del contrato por incumplimiento evidenciándose así la errónea interpretación acusada por el recurrente.”