PRECLUSIÓN / CONVALIDACIÓN / TRASCENDENCIA
Definición
El proceso tiene diversas etapas que se desarrollan en forma sucesiva mediante la clausura definitiva de cada una de ellas y no está permitido a las partes el regreso a etapas y momentos ya extinguidos, conforme al principio de preclusión, relacionado con el de convalidación, según el cual toda nulidad se convalida por el consentimiento.
(...) el autor Alfredo Antezana Palacios en su libro "Lecciones de Derecho Procesal Civil", Tomo I(pág. 41) señala: "El proceso tiene diversas etapas que se desarrollan en forma sucesiva mediante la clausura definitiva de cada una de ellas y no está permitido a las partes el regreso a etapas y momentos ya extinguidos. (...)"; de la misma forma citando jurisprudencia en la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0234/2013 de 6 de marzo de 2013 la cual señala: "Ahora bien, los presupuestos o antecedentes necesarios para que opere la nulidad procesal son: (...) d) Principio de convalidación, en principio, en derecho procesal civil, toda nulidad se convalida por el consentimiento, (Couture op. Cit., p. 391), (...) dando a conocer que aún en el supuesto de concurrir en un determinado caso los otros presupuestos de la nulidad, ésta no podrá ser declarada si es que el interesado consintió expresa o tácitamente el acto defectuoso (...)". Supuestos relacionados con el principio de preclusión, entendido como la clausura definitiva de cada una de las etapas procesales, impidiéndose el regreso a fases y momentos procesales ya extinguidos o consumados."