VALORACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Declaración Jurada de Posesión Pacífica del Predio
El acta o formulario de Declaración Jurada de Posesión Pacífica del Predio, tiene por finalidad contar con la manifestación expresa y directa de la persona natural o jurídica quién bajo juramento afirma estar en posesión pacífica del predio que es sometido a saneamiento, que por su importancia es recabada, elaborada y suscrita in situ, con participación personal del declarante, el dirigente o autoridad originaria campesina de la zona y el funcionario público del INRA, surtiendo los efectos jurídicos y en su caso las responsabilidades de ley si acaso la declaración no fuera verdadera.
"El acta o formulario de Declaración Jurada de Posesión Pacífica del Predio, tiene por finalidad contar con la manifestación expresa y directa de la persona natural o jurídica quién bajo juramento afirma estar en posesión pacífica del predio que es sometido a saneamiento, que por su importancia es recabada, elaborada y suscrita in situ, con participación personal del declarante, el dirigente o autoridad originaria campesina de la zona y el funcionario público del INRA, surtiendo los efectos jurídicos y en su caso las responsabilidades de ley si acaso la declaración no fuera verdadera. En ese contexto, de la revisión de antecedentes, cursa a fs. 164 del legajo de saneamiento dicha acta, suscrita personalmente por el beneficiario, la autoridad o dirigente agrario de la zona y la funcionaria del INRA, que si bien se observa borrones y sobre escriturado, no es menos evidente que el mismo fue expresa y debidamente subsanado en el mismo acto consignándose la frase: "Sobreborrado y corregido "26" y "80" corre y vale", lo cual acredita su legalidad y por ende surte los efectos jurídicos para el saneamiento de la tierra, que al ser elaborado con intervención de un funcionario público como es el Asistente Jurídico TCO`S INRA de Oruro, merece entera fe, mientras no se demuestre lo contrario con los medios que la ley prevé, no existiendo en antecedentes acreditación alguna de haberse cuestionado durante el proceso de saneamiento y en la oportunidad procesal respectiva la validez legal de dicha acta de declaración jurada, menos aún por el ahora demandante, de lo que resulta no ser evidente haberse "adulterado" dicho documento como infundadamente manifiesta el actor y tampoco que el mismo llevaría "solo" la firma del funcionario responsable y no así del beneficiario y la autoridad originaria, cuando de la revisión de dicho documento, el mismo está suscrito por todas las personas a las que hace referencia el demandante (...)".