PRINCIPIO NON BIS IN IDEM

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

PRINCIPIO NON BIS IN IDEM

Definición

Es un principio procesal sino un derecho humano proclamado por los instrumentos internacionales e integrado al sistema constitucional como un derecho fundamental, como parte del derecho al debido proceso, vinculado con el derecho a la seguridad y al principio de la presunción de inocencia; significa no dos veces sobre lo mismo (SAN-S2-0033-2014)

SAN-S2-0033-2014; SAP-S1-0011-2023;
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PRECEDENTE 2

PRINCIPIO NON BIS IN IDEM

No existe violación del principio

Dentro de un proceso de saneamiento el INRA tiene competencia para determinar la Nulidad de Títulos Ejecutoriales; teniendo competencia el Tribunal Agroambiental para pronunciarse sobre la existencia o no de vicios en un Título Ejecutorial; no existiendo violación de los principios "non bis in idem" y seguridad jurídica (SAN-S1-0049-2016)

SAN-S1-0049-2016;
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PRECEDENTE 3

PRINCIPIO NON BIS IN IDEM

Corresponde declarar como concluido el recurso de casación, cuando el mismo ya fue resuelto mediante Auto Nacional Agroambiental, por lo que no corresponde tramitar nuevamente el mismo, pues se prohíbe el juzgamiento de más de una vez por el mismo hecho. (AID-S1-0029-2015)

AID-S1-0029-2015;
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PRECEDENTE 4

PRINCIPIO NON BIS IN IDEM

Sentencia agraria y cosa juzgada

Una sentencia Agraria que declara probada una demanda contenciosa y nula una resolución rectificatoria de errores materiales, manteniendo un Título Ejecutorial, se constituye cosa juzgada material, condensada en el  aforismo non bis in idem, no pudiéndose revisar nuevamente un asunto que ya fue objeto de enjuiciamiento (SAN-S2-0046-2013)

SAN-S2-0046-2013;
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