FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA
Acción Negatoria
Resulta improcedente el recurso de casación planteado, cuando el mismo no cita en términos claros y concretos la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y menos especifica en qué consiste la violación falsedad o error además de confundir el recurso de casación en el fondo con el recurso de casación en la forma. (ANA-S2-0015-2013)
“(…) En la sub lite, los recurrentes solo hacen una relación de los antecedentes indicando que la demanda estaba dirigida contra Francisco Claros Bombilla cuando la verdadera identidad del demandado es Francisco Claros Bombila, aspecto que fue aclarado oportunamente y que no tiene la capacidad de abrir la competencia del tribunal de casación, al margen de este aspecto el recurso que nos ocupa no cita en términos claros y concretos la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y menos especifica en qué consiste la violación falsedad o error, asimismo cuando se plantea un recurso de casación en el fondo, se debe cumplir con los requisitos de procedencia establecidos en el mencionado artículo 258-2) del Cód. Pdto. Civ., para concluir el recurso con una petición que confunde el recurso de casación en el fondo con el recurso de casación en la forma cuando manifiesta que "Por todo lo antes expuesto, solicito que en su oportunidad el Tribunal Agroambiental, case o anule obrados hasta el vicio más antiguo".”