Línea Jurisprudencial

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FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

La violación de la ley implica la no aplicación correcta de los preceptos legales; el recurso debe enervar la norma que podría haber sido vulnerada por la autoridad jurisdiccional.


ANA-S1-0025-2017

"(...) en el referido recurso de casación no existe la técnica recursiva necesaria que exige la Ley, la jurisprudencia y la doctrina generalizada, esto es, la acusación e invocación expresa, clara, concreta y precisa de la Ley o Leyes violadas, interpretadas erróneamente o aplicadas indebidamente, así como la especificación y fundamentación pertinente y no meras referencias o crítica generalizada sin ninguna fundamentación jurídica valedera, como se observa en el recurso de casación de referencia, siendo el mismo insuficiente para aperturar la competencia de este Tribunal e ingrese a revisar el fondo del mismo, por incumplimiento e inobservancia a la previsión contenida por el art. 274-I-3 de la Ley N° 439, que al ser norma de orden público, su cumplimiento es obligatorio conforme señala el art. 220-I-4 del referido cuerpo legal adjetivo, imponiéndose sin otra alternativa la aplicación del art. 87-IV de la Ley N° 1715".