POR INCUMPLIMIENTO DE RESOLUCIÓN EMITIDA EN RECURSO DE CASACIÓN ANTERIOR
En grado de casación corresponde anular obrados nuevamente si es que la autoridad judicial no cumple a cabalidad una primera resolución emitida por vulneración de la garantía constitucional del debido proceso. (ANA-S1-0058-2017)
ANA-S1-0009-2011; ANA-S1-0058-2017; AAP-S2-0088-2021; AAP-S1-0058-2023; AAP-S1-0085-2023;