INCORPORACIÓN DE COHEREDEROS AL PROCESO
Si bien, en los procesos de restitución de acequia servidumbral no se discute el derecho propietario de las parcelas por donde pasa la acequia objeto de Litis y se circunscribe únicamente a vías de hecho por medio de los cuales se habría obstruido el paso del mismo, no es menos cierto y evidente que al restituirse la acequia servidumbral se va a afectar el derecho propietario de los dueños de las parcelas sirvientes, al encontrarse dentro de las mismas; derecho propietario que incluye a los coherederos quienes adquieren interes directo por los efectos del litigio, debiendo ser incorporados de oficio o a petición de parte, al proceso.