AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 32/2017

Expediente: Nº 761/2013

 

Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial

 

Demandante: Grover Borda Rodríguez

 

Demandado: Honorable Alcaldía Municipal de Tiquipaya

 

Distrito: Cochabamba

 

Fecha: Sucre, 26 de abril de 2017

 

Magistrado Relator: Dr. Juan Ricardo Soto Butrón

VISTOS: Los antecedentes del proceso de Nulidad de Título Ejecutorial, la remisión de Sentencia Constitucional Plurinacional; y,

CONSIDERANDO: De la revisión de antecedentes, se desprende que en el presente proceso de Nulidad de Título Ejecutorial seguido por Grover Borda Rodríguez contra la Honorable Alcaldía Municipal de Tiquipaya, se ha emitido la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª Nº 15/2015 de 10 de marzo de 2015, cursante de fs. 493 a 507 de obrados; resolución que fue recurrida en Acción de Amparo Constitucional, emitiendo la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituido en Tribunal de Garantías Constitucionales, la Resolución de Amparo Constitucional Nº 343/2015 de 30 de septiembre de 2015, cursante de fs. 554 a 562 de obrados, por el que concede parcialmente la tutela solicitada dejando sin efecto la referida Sentencia Agroambiental Nacional; en ese sentido, cumpliendo con dicha resolución constitucional, se emite la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª Nº 41/2016 de 3 de junio de 2016, cursante de fs. 622 a 641 de obrados.

En ese interín, el Tribunal Constitucional Plurinacional, emite la Sentencia Constitucional Plurinacional 0240/2016-S3 de 19 de febrero de 2016, que en fotocopia legalizada cursa de fs. 659 a 667 de obrados, que fue notificada a éste Tribunal el 9 de septiembre de 2016, conforme se desprende de la diligencia de notificación de fs. 669 de obrados, revocando la Resolución de Amparo Constitucional Nº 343/2015 de 30 de septiembre de 2015 y en consecuencia deniega la tutela que fue concedida, lo que determina que al revocarse lo resuelto por el Tribunal de Garantías Constitucionales que dio lugar a la emisión de la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª Nº 41/2016 de 3 de junio de 2016, cursante de fs. 622 a 641 de obrados, ésta queda sin efecto legal alguno, en observancia de lo dispuesto por el art. 203 de la C.P.E.

POR TANTO : La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, sin ingresar en mayores consideraciones de orden legal, en cumplimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0240/2016-S3 de 19 de febrero de 2016; DEJA SIN EFECTO LEGAL la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª Nº 41/2016 de 3 de junio de 2016, cursante de fs. 622 a 641 de obrados, quedando en consecuencia vigente con todos los efectos legales la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª Nº 15/2015 de 10 de marzo de 2015, cursante de fs. 493 a 507 de obrados.

Regístrese y notifíquese.-

Fdo.-

Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.

Magistrada Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz.

Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.