FICHA JURISPRUDENCIAL INTERCULTURAL

Codigo de la ficha: 07/2019

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Alvaro Flores Arizaga
Juzgado Agroambiental de Camiri
Conciliación
ITINERANCIA

Fecha de petición de conciliación
21-03-2019

Fecha de homologación de la conciliación
31-12-1969



Claudio Aramayo Romero - Capitán Grande "Mburubicha Guazu" de la Capitanía Iupaguasu.

Aurelio Tapuinti Julian - Capitán Comunal de la Comunidad "Nueva Esperanza".

Maria Romero - Capitana Comunal de la Comunidad "Pampa Redonda".


  • La Comunidad de "Nueva Esperanza" es parte de la TCO - Iupaguazu, ubicada en la Quinta Sección Gutiérrez, de la provincia Cordillera, cuya posesión de la Comunidad "Nueva Esperanza" fue en asamblea presidida por las Autoridades de la APG y de la TCO - Iupaguasu, en fecha 28 de noviembre de 2018, identificando su ubicación mediante coordenadas georeferenciadas. La Capitanía Iupaguasu abarca las secciones, Primera y Quinta de la provincia Cordillera e ingresa en pequeña parte a la provincia Vallegrande, en lo que corresponde al Cantón Masicuri.

    Idioma: Predomina el Guaraní.

    Caracteristicas de la zona: Estribaciones de la cordillera oriental o real, fuente de recursos hidricos que alimenta la cuenta hidrográfica, con lijera depresión que se prolonga hacia el sudeste, hasta alcanzar la llanura, con temperatura media anual de 22 a 25°C y altitudes entre 200 y 900 msnm, suelos de textura franco - arcillosos, con alto contenido de materia orgánica.

    Actividades productivas: Es diversa, con predominancia de la agrícola, luego pecuaria, siendo de subsistencia y el excedente para la venta en los centros poblados proximos.

     


    • 1. Conformación plural entre autoridades de la Jurisdicción Agroambiental (JA) y la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC) en temas de conciliación, a convocatoria de la JIOC o, en su caso de la JA.

    • Tema de conciliación: Fortalecimiento de las Autoridades Indígenas Originarias, para la resolución de conflictos, cuando convergen simultáneamente el ámbito de vigencia, material, personal y territorial, contribuyendo a la cultura de la paz, para el vivir bien.
    • 1.- En fecha 28 de febrero de 2019, se apersona al Juzgado Agroambiental Itinerante de Lagunillas, el señor Aurelio Tapuinti Julian, en su calidad de Capitan Comunal de la Comunidad "Nueva Esperanza" que es parte de la Capitanía Iupaguasu, señalando que, una persona que responde al nombre de E.T.O, quien, no es miembro de la Capitanía Iupaguasu (carai), ha ingresado y esta en posesion de una parcela que pertenece a dicha comunidad.

      2.-  En audiencia realizada en el Juzgado Agroambiental itinerante de Lagunillas, en fecha 14 de marzo del 2019, con la presencia de las partes, ademas, con la presencia de una otra parsona que responde al nombre de E.T.C, quien, sí, es miembro de una comunidad denominada "Pampa Redonda" es parte de la Capitanía Iupaguasu, pidiendo este, estar presente en audiencia, es así que, el convocado a conciliar (carai) aclara que, su persona nó esta ocupando o no esta en posesion de dicha parecela e indica el nombre de la persona que estaría en posesión, resultando ser el comunario de "Pampa Redonda" que se encontraba presente en audiencia, es asi que, E.T.C, (miembro de la comunidad denominada "Pampa Redonda") con el uso de la palabra, admite estar en posesión de la referida parcela, quedando con esto excluido la persona (carai) convocada a conciliar.

      3.- Con estos antecedentes y a solicitud del Capitan Comunal de "Nueva Esperanza", se declara un cuarto intermedio para que intervengan las autoridades de la Capitanía Iupaguasu, Claudio Aramayo Romero, en su calidad de Capitán Grande (Mburuvicha Guasu) y;  Maria Romero, como capitana de la Comunidad "Pampa Redonda", toda vez que, el conflicto se trataba ya, entre miembros de la Capitanía Iupaguasu.

       4.- Con la presencia de dichas autoridades indígenas, mas la presencia del comunario de Pampa Redonda y Aurelio Tapuinti Julian, como Capitán de la comunidad de "Nueva Esperanza", se reinstala la audiencia en fecha 21 de marzo de 2019, aclarándose que, en el presente conflicto convergian de forma simultanea el ambito de vigencia, material, personal y territorial, en este sentido, acuerdan que, en asamblea de la Capitanía, a realizarse en fecha 23 de marzo del mismo año, se resolvá el conflicto conforme a sus normas y procedimientos, y, para ello era necesario que, la Jurisdiccion Agroambiental deba declinar la competencia, al ser un conflicto sobre distribución interna de tierras, procediendo luego a estampar sus firmas en constancia.

      5.- Posteriormente y de forma extraoficial, se tomo conocimiento que dicho conflicto se solucionó.

       

       

    • En la presente conciliación, el Juzgado Agroambiental de Camiri, con Itinerancia en Lagunillas, bajo el principio de la cultura de la paz, conforme al articulo 10 de la Constitución Política del Estado, ha propiciado un ambiente que ha contribuido a generar un compromiso y atención por parte de las Autoridades Indígenas para resolver el conflicto, .

    • En audiencia llevada a cabo en fecha 21 de marzo del año 2019, se arribó a un acuerdo conciliatorio, consistiendo en el compromiso asumido por las autoridades de la Capitanía Iupaguasu, de solucionar la presente controversia en asamblea conforme a sus normas y procedimientos, a realizarse en fecha 23 de marzo de 2019, en la Comunidad de "Pampa Redonda".