L. G. S. A. MALLKU DE CALARI CHICO y P. S. A. COMITE DE SANEAMIENTO
Corocoro, es la capital de la provincia Pacajes, el relieve topografico de la zona esta ubicada en terreno montañoso irregular y accidentado, es una poblacion minera, (cobre) ubicada en el altiplano del departamento de La Paz, topografia pendiente de 1% a 45%, en cuanto a la actividad agropecuaria podemos señalar que es predominante la ganaderia de camelidos y la agraria en menor proporción y posible solo en algunos sectores y dependiendo de la epoca de lluvias con la producción de papa, oca y cebada.
El clima es predominantemente frio, la temperatura media anual es de 10º con una humedad relativa del 55%, el periodo de lluvias se centra de noviembre a abril, Corocoro se encuentra a 3998 msnm.
La poblacion de la provincia pacajes, fue parte del imperio Tihuanacota que constituyo el Ayllu Paca Jakes de origen aimara, habitantes que a pesar de las incursión de los quechuas mantuvieron sus rasgos etnicos e idioma.
Sobreposesión de derecho propietario de la Empresa Minera Corocoro, sobre el Ayllu Originario Calari Chico y piden la intervención del Juzgado Agroambiental de Viacha, como conciliador y definir limites de ambos predios.
Los mallkus del Ayllu Originario Calari Chico, denunciaron que la Empresa Minera Corocoro, utiliza como deposito de minerales parte de la parcela colectiva del Ayllu, aduciendo que habria adquirido del ayllu una superficie de 29.2016 ha, dicha tranasferencia fue ratificada por las autoridades originarias. Sin embargo, el mineral depositado sobrepasa la superficie transferida.
Instalada la audiencia de conciliación, despues de los exhortos realizados a las partes, se arribo a lo siguiente:
Se realizara un replanteo de los limites de la superficie de la Empresa Minera Corocoro, colindante con el Ayllu Originario Calari Chico, verificando los vertices en conflicto y si, la pretensión del ayllu es correcta, la empresa retirara el mineral dejado en dicha superficie.
La audiencia de conciliacion previa, fue solicitada por las autoridades del Ayllu Originario Calari Chico, con el argumento de: Los gerentes de la empresa Minera de Corocoro, no les hacian caso y no respetaban sus derechos, no obstante de los reiterados reclamos a través de cartas que hicieron, habiendose recurrido incluso por conducto regular al JILIRI MALLKU DEL JACHA AYLLU ORIGINARIO DE LA HUACASAYAÑA MARKA COROCORO, sin haberse dado solucion al conflicto, razon por la cual, acuden al Juzgado Agroambiental de Viacha.
En cuya virtud se señala dia y hora de audiencia de conciliacion en estricto apego a lo establecido por la Ley 708, Ley 1715, Ley 3545, Codigo Procesal Civil Arts. 292 y 295 y basados en los principios de Buena Fe, Cultura de Paz, Oralidad, Voluntariedad entre otros y tomando en consideracion fundamentalmente el tema de la RESERVA DE LA INFORMACION Y CONFIDENCIALIDAD, dispuesta por la Ley 708 arts. 20 y sgtes. y art. 949 del C.C.
En el acuerdo conciliatorio, se dispuso realizar un replanteo de la superficie 29.2016 ha, adquirida por la Empresa Minera Corocoro a cargo del tecnico de la empresa, toda vez que, ya existe un plano georeferenciado del mismo. Si, se evidenciara que el reclamo del ayllu es correcto, la empresa procedera a retirar el mineral dejado, dicho verificativo se realizara el dia 13 de septiembre de 2020.